top of page

CONDICIONES GENERALES DE VENTA
MÁQUINAS Y SERVICIOS CONEXOS

 

1. PREÁMBULO

Salvo acuerdo escrito de común acuerdo, todas nuestras cotizaciones, acuerdos o contratos están sujetos a los términos de estas condiciones generales, basadas en las del sindicato de empresas de tecnología de producción, que codifican las prácticas comerciales de las profesiones agrupadas en él.

Estas condiciones generales son conformes a las reglas del derecho de los contratos, del derecho de la competencia y de la Convención de Viena. Definen los derechos y obligaciones de ambas partes y están destinadas a aplicarse a todas las relaciones contractuales entre el "Proveedor" y el "Cliente".

Conforme al artículo L441-6 del código de comercio, estas condiciones generales constituyen "la base de la negociación comercial". Son la base legal del contrato.

Se entiende por "escrito", en el sentido de estas condiciones generales, cualquier documento establecido por cualquier medio y, en particular, en papel o electrónico.

2. FORMACIÓN DEL CONTRATO

El contrato incluye los siguientes documentos contractuales en orden de importancia decreciente:

  • las condiciones particulares acordadas entre las partes, y/o la orden aceptada expresamente; o el contrato

  • la oferta del Proveedor

  • estas condiciones generales

El contrato entra en vigor una vez firmado o cuando el Proveedor ha aceptado expresamente el pedido del Cliente, y en cualquier caso después de recibir el anticipo.

2.1 Modificaciones.

Toda modificación del contrato solicitada por una de las partes está sujeta a la aceptación escrita de la otra parte. Si estas modificaciones afectan a los datos técnicos del mercado, las cláusulas principales deben ser reconsideradas, especialmente en términos de precios y plazos.

2.2 Cancelación.

El pedido expresa el consentimiento del Cliente de forma irrevocable. Por lo tanto, no puede cancelarlo a menos que haya un acuerdo expreso y previo del Proveedor. En consecuencia, si el Cliente solicita la cancelación total o parcial del pedido, el Proveedor tendrá derecho a exigir la ejecución del contrato y el pago completo de las sumas estipuladas en él.

En caso de rescisión amistosa del contrato, el Cliente deberá indemnizar al Proveedor por todos los gastos incurridos y por todas las consecuencias directas e indirectas que se deriven de ello. Además, los anticipos ya pagados permanecerán en poder del Proveedor como primera indemnización.

3. COOPERACIÓN DE LAS PARTES

La realización de un equipo, cuando se diseña o adapta según las necesidades específicas del Cliente, solo puede llevarse a cabo mediante una estrecha cooperación de las partes, en todas las fases del proyecto.

3.1 Deberes del Proveedor

El Proveedor tendrá en cuenta las solicitudes del Cliente y las respetará, dentro de los límites de la viabilidad, del contrato, de las normas técnicas vigentes y de las reglas del arte.

Informará al Cliente, dentro de los límites de sus conocimientos técnicos, sobre las restricciones de la realización y los posibles efectos que puede conocer relacionados con el uso del equipo, especialmente las condiciones de implantación, la calificación y formación necesarias de los operadores.

El Proveedor está obligado a la provisión de los únicos materiales especificados y cuantificados en el contrato (obligación de conformidad con el pliego de condiciones) y que, por lo tanto, no incluyen, en particular, los trabajos de acondicionamiento en el sitio (por ejemplo, ingeniería civil, suministro de fluidos, conexiones mecánicas, eléctricas, neumáticas y redes de telecomunicaciones).

Si el Proveedor considera que las modificaciones son de naturaleza para mejorar la calidad de los materiales, se reserva el derecho de modificar las características, incluso después de la recepción del pedido, durante el diseño, el montaje, las pruebas y la puesta en producción industrial en el Cliente.

En caso de retraso en la disponibilidad en el Proveedor, debido exclusivamente a él, se podrá aplicar una penalización si ha causado un perjuicio real, constatado contradictoriamente. Tendrá un carácter forfetario y liberatorio, ninguna otra suma pudiendo ser reclamada, sobre este fundamento, al Proveedor. La penalización no podrá exceder el 0,5% por semana completa de retraso, a partir del final de la segunda semana y estará limitada al 5% del precio definido en el párrafo 8, excluidos los servicios.

3.2 Deberes del Cliente

El Cliente tiene la obligación de proporcionar toda la información y los datos completos, precisos y fiables sobre sus necesidades claramente expresadas, las condiciones de explotación y de medio ambiente del equipo (condiciones de acceso al sitio), la composición y las particularidades de los productos que deberá tratar con el equipo. Pueden ser necesarios muestras representativas de la producción, en cantidad y plazos especificados en las condiciones particulares. El Cliente proporcionará, a su cargo, al Proveedor todos los materiales, consumibles, fluidos, energías y personal competente y en número suficiente, que sean necesarios para estas pruebas, realizadas en el respeto de las medidas de higiene y seguridad en el trabajo.

La satisfacción de las necesidades del Cliente dependerá en gran parte de esta información. El Proveedor no podrá ser responsabilizado por las consecuencias de una omisión o un error en los elementos proporcionados por el Cliente.

4. NORMAS

Los equipos vendidos cumplen con las normas europeas vigentes.

En caso de que el Cliente exija normas más estrictas e imperativas, o si resultan de reglas vigentes en el país de destino, estas deben haber sido presentadas al Proveedor antes de la orden, discutidas y aceptadas por ambas partes según convenios comerciales acordados, antes de ser integradas en las cláusulas del contrato.

El Proveedor declina toda responsabilidad en caso de que el Cliente haga referencia a normas o especificaciones que no hayan sido aprobadas por escrito antes de la orden.

5. PUESTA A DISPOSICIÓN

Independientemente del INCOTERM®2010 acordado, se considera que la puesta a disposición se realiza en las fábricas del Proveedor y se realiza mediante un simple aviso: el envío de la factura, la entrega directa o la entrega del material a un transportista que lo sustituya.

6. TRANSPORTE Y TRANSFERENCIA DE RIESGOS

Las condiciones de transporte y transferencia de riesgos se interpretan de acuerdo con el INCOTERM®2010 acordado. Si no se ha acordado ninguna condición de transporte particular, la entrega se realiza "Franco transportista" (FCA). En todos los casos, el Cliente deberá, si procede, hacer reservas o ejercer sus derechos contra los transportistas dentro de los plazos legales.

En caso de retraso en el envío por cualquier causa, independiente de la voluntad del Proveedor y si este lo acepta, el material se almacena y maneja, si es necesario, a expensas y riesgos del Cliente, declinando el Proveedor toda responsabilidad subsiguiente al respecto, estas disposiciones no modifican en modo alguno las obligaciones de pago de la provisión.

El Cliente se compromete a suscribir pólizas de seguro inherentes a los riesgos (pérdida o deterioro de los bienes vendidos, así como la responsabilidad por los daños que puedan causar) y a proporcionar justificante a pedido. Este seguro deberá incluir una renuncia a la acción del Cliente y de sus aseguradoras contra el Proveedor y sus aseguradoras.

7. ENSAYOS, RECEPCIÓN

7.1 Ensayos

Se realizan ensayos o pruebas de recepción en los equipos por parte del Proveedor, en sus talleres, siguiendo el procedimiento habitual en este.

Se podrán prever ensayos o pruebas de recepción contractuales en el establecimiento del Proveedor o en el sitio del Cliente mediante convenio específico.

7.2 Recepción

El equipo será objeto de una recepción contradictoria formalizando su aceptación por parte del Cliente o su representante, constatada mediante un acta de recepción, con o sin reservas, establecida en un plazo máximo de 60 días a partir de la fecha de envío. En caso de ausencia de acta de recepción contradictoria, la recepción se considerará adquirida en uno u otro de los siguientes casos:

  • El Proveedor habrá cumplido con sus principales obligaciones contractuales, incluso en presencia de reservas menores,

  • El Cliente habrá tomado posesión y/o utilizado o puesto en servicio todo o parte del Equipo.

8. PRECIO Y FORMA DE PAGO

Los precios se entienden netos, sin impuestos ni descuentos (cualquier depósito, derechos, servicios, costos de licencia de importación, control por parte de cualquier organismo al que las partes hayan acordado recurrir); se expresan en euros para el equipo Franco transportista, sin embalar.

Los servicios, así como los suministros adicionales o entregados durante el montaje, se facturan por separado.

Los pagos se consideran realizados mediante transferencia bancaria, en el domicilio del Proveedor, de acuerdo con la Directiva Europea n°2000-35.

Cualquier retraso en el pago dará lugar a la aplicación de un interés de demora igual a la tasa de refinanciamiento más reciente del Banco Central Europeo más diez puntos.

Cualquier incidente de pago dará lugar a la exigibilidad inmediata de todos los vencimientos pendientes. El Proveedor se reserva el derecho de suspender la entrega y/o la ejecución de las órdenes en curso o de cancelarlas, y de reclamar la posesión de los productos entregados.

9. RESERVA DE PROPIEDAD

El Proveedor conserva la propiedad de los equipos vendidos (incorporables o no) hasta el pago efectivo de su precio en su totalidad en principal y accesorios. Cualquier incidente de pago que haya sido objeto de una intimación de pago no seguida de efecto en un plazo de ocho días hábiles autorizará al Proveedor a reclamar la propiedad de los equipos.

Cuando el Cliente (como integrador, distribuidor, etc.) revenda el equipo del que aún no es propietario, deberá seguir la cláusula de reserva de propiedad en nombre del Proveedor original. Las deudas resultantes de esta reventa pertenecerán automáticamente a este último en caso de retraso o suspensión de los pagos por parte del revendedor.

10. PROPIEDAD INTELECTUAL

Los proyectos, estudios y documentos de cualquier naturaleza entregados o enviados por el Proveedor siempre quedan bajo su completa propiedad, al igual que los derechos de propiedad industrial asociados a ellos. Deben ser devueltos a solicitud del mismo. Estos se proporcionan de forma gratuita si van seguidos de la orden de la que son objeto; de lo contrario, el Proveedor tendrá derecho al reembolso de sus gastos de estudio específico y de desplazamiento. El Proveedor conserva íntegramente la propiedad intelectual de sus proyectos, estudios y documentos, que no pueden ser comunicados ni ejecutados sin su autorización escrita. El Cliente se compromete expresamente a no infringir estos derechos de propiedad industrial y a no explotarlos ni permitir su explotación por parte de terceros sin la autorización escrita y previa del Proveedor.

El precio de los estudios, el equipo y/o los servicios no incluye la transferencia de la propiedad intelectual y el know-how de los mismos, que siguen siendo propiedad exclusiva del Proveedor.

11. CONFIDENCIALIDAD
Las partes se comprometen mutuamente a una obligación general de confidencialidad sobre cualquier información confidencial oral o escrita, sea cual sea su naturaleza y su soporte (informes de discusión, planes, intercambio de datos informatizados, actividades, instalaciones, proyectos, know-how, productos, etc.) intercambiada en el marco de la preparación y ejecución del contrato, excepto la información que sea de conocimiento público en general o que llegue a serlo de otra manera que no sea por culpa o acción de una de las partes.

 


12. GARANTÍAS
Todo equipo fabricado por el Proveedor está garantizado por un período de 12 meses en condiciones normales de uso, contra cualquier defecto de funcionamiento debido a un defecto de material o fabricación. Esta garantía no se aplica a los componentes y/o equipos integrados, que están cubiertos por la garantía de su propio fabricante.

Esta garantía se aplica a partir de la puesta en producción del equipo o, a más tardar, 18 meses a partir de la fecha de envío, aplicándose el primero de estos dos términos.

La garantía se limita a la reparación y reemplazo de piezas defectuosas, excluyendo la mano de obra, los costos de transporte y embalaje, de las piezas reconocidas como defectuosas por el Proveedor sin ninguna otra compensación. Estas piezas supuestamente defectuosas deben ser devueltas con portes pagados y sin gastos de embalaje y otros, para ser examinadas. En caso de no devolución de estas piezas, el Proveedor facturará las piezas reemplazadas. Si el examen confirma la defectuosidad de la pieza, el Proveedor se compromete a reembolsar los gastos de transporte y embalaje.

La garantía no cubre los defectos que resulten de: transporte, montaje defectuoso si no fue realizado por el Proveedor, desgaste normal del equipo, falta de supervisión o mantenimiento, uso defectuoso, excesivo o indebido del equipo, inexperiencia del operador, error humano o falta de observancia de las instrucciones sobre alimentación o funcionamiento del equipo, falta de conformidad de los productos o embalajes procesados con las especificaciones previamente definidas sobre cadencia, tolerancias dimensionales, etc., en general, condiciones de operación o entorno (influencias químicas, atmosféricas, eléctricas u otras) inapropiadas o no especificadas por escrito al realizar el pedido.

No se aplicará si se realizan modificaciones o adiciones al Equipo por parte del Cliente sin el consentimiento previo y por escrito del Proveedor. No dará lugar a ninguna compensación por daños y perjuicios. La garantía se excluye si la puesta en marcha del equipo, o cualquier intervención o reparación, no ha sido realizada por el Proveedor, su delegado, o cualquier otra persona autorizada por él y de acuerdo con las instrucciones del Proveedor. En caso de retraso o impago total o parcial del precio del Equipo, el Proveedor podrá suspender las garantías legales y convencionales. El Cliente no podrá reclamar ninguna indemnización debido a la aplicación de las garantías legales y convencionales, incluidos los daños indirectos o consecuentes, como pérdidas de explotación.

Para poder invocar el beneficio de la garantía contractual, el Cliente debe notificar por escrito y sin demora al Proveedor sobre los defectos que atribuye al equipo y proporcionar todas las justificaciones sobre su realidad. Debe facilitar al Proveedor todas las facilidades para constatar estos defectos y remediarlos. Además, debe abstenerse, salvo acuerdo expreso del Proveedor, de realizar él mismo o de hacer realizar por un tercero las reparaciones que considere necesarias.

Este artículo 12 constituye el recurso exclusivo del Cliente para cualquier reclamo basado en fallas o defectos del equipo, ya sea que estas fallas o defectos ocurran antes o durante el período de garantía y que el reclamo sea por contrato, garantía, compensación, responsabilidad civil extracontractual (incluida la negligencia) u otra. Las garantías previstas en este artículo 12 se encuentran en lugar y en lugar de cualquier otra garantía, ya sea escrita u oral, expresa o implícita. Las garantías implícitas de comercialización y adecuación para un propósito particular y cualquier otra garantía quedan excluidas.

 


13. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD
El Proveedor solo es responsable de los daños directamente causados por su propia negligencia. El Proveedor en ningún caso será responsable, ya sea por contrato, responsabilidad civil extracontractual (incluida la negligencia) o de otro modo, por la pérdida o daño a las materias primas y/o productos terminados, la pérdida de operaciones o oportunidades comerciales, la pérdida de beneficios o cualquier pérdida o daño indirecto, inmaterial o consecuente que pueda surgir.

Salvo disposición en contrario en el contrato, la responsabilidad total del Proveedor por cualquier reclamo, ya sea por contrato, responsabilidad civil extracontractual (incluida la negligencia) o de otro modo, resultante de la ejecución o incumplimiento del contrato o el uso de cualquier parte del equipo, no excederá el monto total del diez por ciento (10%) del precio total del contrato relacionado con esa parte. Cualquier responsabilidad en virtud del presente contrato finaliza al vencimiento del período de garantía correspondiente.

 


14. FUERZA MAYOR
Cada parte tendrá derecho a suspender el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del contrato en la medida en que dicho cumplimiento sea impedido o se vuelva irrazonablemente oneroso debido a un caso de fuerza mayor. El Proveedor quedará automáticamente liberado de todos los compromisos en caso de eventos que estén fuera de su control, como incendio, inundación, interrupción o retraso en la provisión de energía, materias primas o transporte, conflicto laboral, defectos o retrasos en la entrega de subcontratistas causados por tales circunstancias.

 


15. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
Todas las disputas derivadas del contrato o relacionadas con él serán definitivamente resueltas por el tribunal de comercio de París.

De conformidad con la Convención de Viena, el contrato está sujeto a la ley sustantiva del país del Proveedor.

bottom of page